Ordena el TEPJF al Senado “descongelar” iniciativa pasista y convocar a Cuén Ojeda

Álvaro Aragón Ayala 

El Supremo Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Senado de la República “descongelar” y dar curso a la iniciativa ciudadana de reforma a la Constitución que propone elevar al 5 por ciento el umbral de votos en una elección para que los partidos políticos conserven su registro y ordenó convocar a Héctor Melesio Cuén Ojeda y a Víctor Antonio Corrales Burgueño, del Partido Sinaloense, para que expongan el proyecto en el Poder Legislativo.  

Más de 285 mil ciudadanos liderados por Héctor Melesio Cuén Ojeda y Víctor Antonio Corrales Burgueño propusieron hace más de 24 meses una iniciativa de ley para incrementar al 5 por ciento, en vez de 3 como lo estipula la actual ley, el número de sufragios que necesita obtener un partido en una elección para mantener su matrícula electoral, iniciativa que fue archivada por los senadores de las distintas facciones políticas.      

En sesión del miércoles, el TEPJF declaró por unanimidad de votos que existente la omisión atribuida a la presidencia de la Junta Directiva de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Senadores, la cual se niega a convocar a Héctor Melesio Cuén Ojeda y Víctor Antonio Corrales Burgueño, a fin de que puedan exponer el contenido del proyecto de Decreto. 

La iniciativa pretende reformar el párrafo cuarto de la fracción I del artículo 41, la fracción II del artículo 54 y el párrafo segundo del inciso f) de la fracción IV del artículo 116, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en específico para incrementar a cinco por ciento el porcentaje de votación para que los partidos políticos nacionales y locales conserven su registro.
 

El proyecto de decreto fue propuesto hace dos años y obra en las Comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, obligadas a dar inicio al procedimiento legislativo correspondiente, sin embargo, fue “congelado” vulnerando el derecho de participación en la vida democrática del país de más de 285 mil ciudadanos sinaloenses. 

En sesión pública presencial, a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzáles, se determinó fundada la omisión atribuida al presidente de la Junta Directiva de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Senadores, porque en el caso concreto no existen circunstancias que justifiquen que no se les hubiere convocado. 

A juicio de los magistrados electorales, “ha transcurrido en exceso el plazo previsto en el Reglamento del Senado para darle continuidad al proceso legislativo, y por ende se violenta su derecho político de iniciar leyes, ya que, en efecto, todas las autoridades se encuentran obligadas a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos tanto en la Constitución como en los tratados internacionales”.
 

La Sala Superior del TEPJF determinó que no se ha cumplido la obligación de convocar a los actores para exponer el contenido de la iniciativa, según lo marca la Ley Orgánica del Congreso de la Unión, por lo que vincula al responsable para que cite a Héctor Melesio Cuén Ojeda y Víctor Antonio Corrales Burgueño a la próxima reunión de trabajo ordinaria de las Comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos del Senado de la República. 

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